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Especies Autorizadas y Limitaciones

PerdízHay toda una serie de especies cazables en Andalucia, tras la nueva LEY DE FLORA Y FAUNA, Boja Nº: 218 de 12 de Noviembre del 2.003

Asi pues, las especies que están permitidas cazar en Andalucia son las siguiente:

Mamiferos:

Cabra Montés - Ciervo - Corzo - Gamo - Muflón - Arruí - Jabalí - Conejo - Liebre y Zorro.

Aves:

Perdíz - Becada - Faisan - Codorníz - Tórtola - Paloma Torcaz - Paloma Zurita - PalomaPato Común Bravia - Colín de Virginia - Colín de California - Estornino Pinto - Zorzal Real - Zorzal Común Zorzal Alirrojo - Zorzal Charlo - Ansar Común - Ánade Real - Ánade Rabudo - Ánade Friso - Änade Silbón - Pato Cuchara - Cerceta Común - Pato Colorado - Porrón Común - Focha Común - Agachadiza Común - Avefría - Urraca - Grajilla - Corneja.

Con Cararter General queda prohibido cazar:

*En los llamados días de fortuna, es decir aquellos en que como consecuencia de incendios, inundaciones, sequias, etc, las piezas de caza se vean privadas de sus facultades normales de defensa u obligadas a concentrarse en determinados lugares.

* En días de nieve, siemrpe que ésta cubra de forma continua el suelo o merme las facultades de las piezas para defenderse. Se podrá hacer excepciones con algunas especies.

* Cuando como consecuencia de la niebla, lluvia, nevada, humo y otras causas se reduzca la visibilidad, de forma tal que se vea mermada la posibilidad de defensa de las piezas o pueda resultar peligroso para la persona o bienes. En todo caso, se prohibe cazar cuando la visibilidad sea inferior a 250 Metros.

* En linea de retranca, tanto piezas de caza mayor como menor.

Tenga tambien especial precaución con cumplir con las normas relativas a las zonas de seguridad (carreteras, caminos, cauces fluvial, zonas habitadas, presencia de ganado), con normas distintas según las comunidades y fuertes sanciones.

Sólo nos queda señalar que la consulta de la orden de vedas de la comunidad o comunidades autónomas en las que Vd. va a practicar le ampliara la información de esta guia, y es de sumo interés ya que existe toda una serie de limitaciones y restricciones de tipo autonómico, provincial o local. Asimismo, en diversas comunidades hay cupos máximos de capturas y otras limitaciones concretas. por lo que es conveniente la lectura detallada de la correspondiente orden de veda de su autonomía o provincia.

 
 
 

 

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